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Condenaron a 7 años y 6 meses de prisión e inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos al intendente Diego Caram

Condenaron a 7 años y 6 meses de prisión e inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos al intendente Diego Caram

 

Dirección de Ceremonial, Prensa y Relaciones Institucionales

 

8 mayo, 2024 - MERCEDES

 

Condenaron a 7 años y 6 meses de prisión e inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos al intendente Diego Caram

Mediante la Sentencia 12/24 también se condenó a Pedro Brun a cinco años y seis meses de prisión e inhabilitación perpetua. A Claudio Deimundo a cuatro años de prisión e inhabilitación perpetua. A Gabriela Gómez a tres años en suspenso e inhabilitación perpetua. A García Fariña a dos años y seis meses en suspenso e inhabilitación perpetua y a Cecilia Casco a dos años en suspenso. Además, dispuso la inmediata remisión de esta sentencia al Concejo Deliberante a fin de que proceda a destituir de su cargo al intendente y dispuso la inhibición de bienes de Caram, Brun y Deimundo para garantizar embargo preventivo y solidario de 40 millones con 50% de intereses.

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En la mañana de este miércoles 8 de mayo el Tribunal Oral Penal de Mercedes – hoy Tribunal de Juicio – dio a conocer los montos punitivos del juicio en el que Diego Caram junto a otros seis funcionarios municipales fue juzgado por los delitos de; “Incumplimiento de los deberes de funcionario público, peculado y falsificación de documentos públicos agravada en concurso real”. Además, dos de estos funcionarios fueron juzgados por la sustracción de documentos públicos agravada en concurso real.

En la segunda parte de la Sentencia 12/24 y por veredicto unánime en primer lugar rechazó el planteo de inconstitucionalidad formulado por el doctor Silvio Sosa durante los alegatos del martes y condenó a siete años y seis meses de prisión e inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos al intendente Diego Caram de Mercedes.

 

Pedro Brun quien se desempeñara como Secretario de Hacienda y Finanza de la Municipalidad de Mercedes fue condenado a cumplir la pena de cinco años y seis meses de prisión e inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos con accesorias legales y pago de costas.

Claudio Deimundo quien cumplía funciones como Tesorero Municipal durante la investigación fue condenado a cumplir la pena de cuatro años de prisión e inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos con accesorias legales y pago de costas.

El Tribunal decidió además rechazar la medida de coerción de prisión preventiva solicitada por el fiscal e imponer a Caram, Brun y Deimundo las siguientes obligaciones; constituir domicilio en Mercedes Corrientes, prohibición de salir del país y presentación del 1 al 10 de cada mes ante los estrados del Tribunal.

Remisión de la sentencia al Concejo Deliberante y devolución de dinero

En el punto número 23 la Sentencia 12/24 el tribunal dispuso la inmediata remisión de esta sentencia al Concejo Deliberante de la municipalidad a fin de que proceda a la inmediata suspensión de Diego Caram como intendente municipal bajo apercibimiento de incurrir en el delito de desobediencia judicial.

Así también decretó la inhibición de bienes de Caram, Brun y Deimundo para garantizar embargo preventivo y solidario de 40 millones de pesos con 50% de intereses. Esta medida fue tomada tras el pedido del fiscal de Juicio, doctor Juan Alegre, a fin de resarcir al erario público.

 

Penas en suspenso y reglas de conducta para García Fariña, Casco y Gómez

Continuando con la lectura, el Tribunal condenó a Gabriela Gómez, quien ocupaba funciones como encargada de Bienes Patrimoniales, a cumplir la pena de tres años de prisión en suspenso e inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos con accesorias legales y pago de costas.

Mariangeles Solange García Fariña, quien se desempeñara como Jefa de Personal del municipio, fue condenada a cumplir la pena de dos años y seis meses de prisión en suspenso e inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos con accesorias legales y pago de costas.

Y Cecilia Casco, quien se desempeñara como auxiliar administrativa de la Secretaria Privada de la Municipalidad, fue condenada a cumplir la pena de dos años de prisión en suspenso con accesorias legales y pago de costas.

Con respecto a estas tres últimas condenadas, Gómez, García Fariña y Casco, el tribunal impuso que las mismas acrediten la realización de un curso por un año lectivo sobre ética pública. Además impuso que por el plazo de tres años se abstengan de cometer delito y fijen su domicilio en la localidad de Mercedes.

Sentencia y explicación del Tribunal

Bajo la luz del nuevo sistema de litigación, el Tribunal Oral Penal de Mercedes – hoy Tribunal de Juicio – en la voz del doctor Jorge Troncoso en su calidad de presidente, dio lectura a la segunda parte de la sentencia y luego realizó una explicación de los puntos argumentando la decisión unánime de dicho cuerpo.

Partiendo del punto número trece de esta sentencia y haciendo alusión a la condena del intendente de la localidad de Mercedes el presidente del Tribunal mencionó; “En el juicio de responsabilidad determinamos que el ejecutivo municipal era el máximo responsable por haber sido electo por la población, haber defraudado a la población y por haber eso uso de recursos que estaban destinados a personas vulnerables de la población”. Agregó que “al menos 55 personas que hablaron aquí fueron agregadas sin su conocimiento a planillas y hablamos de personas domiciliadas en parajes de Mercedes y altamente vulnerables”.

“Acá no hubo respeto hacia las normas constitucionales tanto de la carta orgánica de la municipalidad como la constitución que rige los rumbos de nuestra provincia”, consideró el magistrado.

Por otro lado hizo referencia al entorpecimiento a la investigación y el ocultamiento de pruebas; “Si bien esto constituye un delito en sí mismo, forma parte y es un agravante del delito que juzgamos teniendo en cuenta que ocultaron material probatorio para la causa”. Esto último destacó que le cabe a los imputados Brun y Deimundo.

En cuanto a la pena otorgada a Deimundo, el presidente afirmó que se consideró la declaración realizada por el acusado y su desvinculación en el cargo que tenía luego de que suceda la denuncia del año 2019. En el caso de Gómez mencionaron que “tuvo un participación activa en la sustracción de documentos y en la elaboración de las planillas” pero agregó que “se consideró desproporcionado el pedido del fiscal teniendo en cuenta su lugar dentro del organigrama”.

Con respecto a García Fariña el tribunal explicó que tuvo en cuenta los pedidos de la defensa y el hecho de que durante la investigación aportó una prueba clave para la causa. Sobre las reglas de conducta que se impuso a tres de las condenadas se consideró importante la medida teniendo en cuenta la necesidad de que las personas juzgadas revean la situación y puedan continuar con sus actividades.

Sobre el pedido para la detención inmediata y prisión preventiva realizados por el fiscal, el Tribunal sostuvo que no hay causales para comprobar que los condenados estén en peligro de fuga ya que han comparecido ante el tribunal y gozan de fueros. En este sentido agregó que se impartieron las medidas para que los condenados cumplan con ciertas medidas, de no salir del país y comparecer ante la justicia cada mes.

 

El juicio

Un total de 55 personas declararon no haber percibido dinero en concepto de planes sociales durante el juicio que inició en el mes de marzo de este año. Los hechos denunciados fueron cometidos entre los meses de mayo y octubre del año 2019.

El tribunal estuvo integrado por los doctores; Jorge A. Troncoso, como presidente, Juan Manuel I. Muschietti y Ramón A. Ríos. La secretaría del juicio estuvo a cargo de la doctora Roxana Mónica Ramírez y el fiscal de Juicio es el doctor Juan C. Alegre.

Los imputados, Diego Martín Caram, Pedro Jorge Brun, Gabriela Itatí Gómez, Cecilia Maricel Casco y Andrés Celestino Fernández fueron representados por los doctores Marcos Harispe y Silvio Sosa.

Mariangeles Solange García Fariña fue representada por los doctores Andrés Gauna y Ezequiel Ansola y Claudio Javier Deimundo por los doctores Pedro Karam y Juan Karam.

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