Este martes por la tarde, se confirmó que Cristina Kirchner va a poder cumplir su condena de seis años por la causa Vialidad en su departamento San José 1111, del barrio porteño de Constitución.
A su vez, se establecieron algunas “reglas de comportamiento” para que no se le revoque este beneficio. Uno de ellos que “deberá abstenerse de adoptar comportamientos que puedan perturbar la tranquilidad del vecindario y/o alterar la convivencia pacífica de sus habitantes". Por lo sus salidas al balcón, quedarían descartadas ya que muchos militantes se acercaban a su domicilio.
Sin embargo, en la tarde de este jueves, la Justicia explicó la situación: “A fin de despejar cualquier duda sobre el alcance de la referida norma de conducta impuesta, debemos recordar, aunque resulte ocioso, que el Tribunal no ha vedado a la señora Cristina Elisabet Fernández de Kirchner del uso y goce de ningún espacio específico de la arquitectura del inmueble en el que habita”.
A su vez, detallaron cómo tendrá que ser su comportamiento: “Se espera de la solicitante el criterio, la prudencia y el sentido común suficiente para discernir en qué contexto el uso del balcón resultará en una acción inocua, y en cual podría implicar una perturbación para la tranquilidad y convivencia pacífica del vecindario y sus habitantes”
La resolución enumeró las condiciones que deberá seguir Cristina durante los seis años que recibió de pena:
- “Deberá permanecer en el domicilio fijado, obligación que no podrá quebrantar salvo en situaciones excepcionales de fuerza mayor que deberá justificar debidamente. Por fuera de estos supuestos, deberá requerir y obtener la autorización previa del tribunal, sin excepción”.
- “Deberá abstenerse de adoptar comportamientos que puedan perturbar la tranquilidad del vecindario y/o alterar la convivencia pacífica de sus habitantes".
- “En el plazo de 48 horas hábiles deberá presentar una nómina de las personas que integran su grupo familiar, custodia policial, profesionales médicos que la tratan asiduamente y abogados que la representan, quienes podrán acceder al domicilio donde cumplirá la pena de prisión sin necesidad de autorización judicial, debiendo requerirse y motivarse el eventual acceso de toda otra persona no incluida en ese listado".